Registro electrónico de jornada en México: qué establece la LFT y qué falta definir
Desde mayo de 2026, la Ley Federal del Trabajo incorpora una obligación nueva: las personas empleadoras obligadas deberán registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora, incluido el inicio y la finalización, y entregar esa información a la autoridad cuando sea requerida. La STPS todavía debe definir mediante disposiciones generales a quién aplica, qué excepciones existirán y cómo operará el registro.
Qué cambió con la reforma de 2026
La reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026 modificó reglas sobre jornada laboral y añadió la fracción XXXIV al artículo 132 de la LFT. Esa fracción establece tres elementos: registrar electrónicamente la jornada, incluir el inicio y la finalización, y proporcionar el registro a la autoridad cuando sea solicitado (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2026).
La misma fracción ordena a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social emitir disposiciones generales para determinar el ámbito de aplicación y las excepciones. También señala que el registro hará prueba plena cuando se acredite que fue acordado entre trabajador y empleador. La norma no prescribe en ese párrafo una forma única para documentar dicho acuerdo ni un mecanismo para acreditarlo.
El decreto entró en vigor el 1 de mayo de 2026 y estableció un periodo del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026 para que empresas y trabajadores ajusten sus procesos. También indica que las disposiciones generales relacionadas con el registro electrónico entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2027 (Diario Oficial de la Federación, 2026).
Lo que la LFT sí establece hoy
La ley ya fija el núcleo de la obligación. El registro debe ser electrónico y corresponder a la jornada de cada persona trabajadora, incluyendo el inicio y la finalización. Un horario teórico o un calendario general no sustituyen ese registro individual asociado con cada trabajador.

También debe proporcionarse la información a la autoridad cuando sea requerida. Por eso conviene que los datos puedan consultarse, respaldarse y exportarse de forma comprensible. Archivos dispersos o registros sin trazabilidad dificultan reconstruir la jornada ante un requerimiento.
La reforma prevé una sanción. El artículo 994, fracción IV Bis, contempla de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización para la persona empleadora obligada que incumpla la fracción XXXIV. No debe traducirse a pesos ni asumirse como automática: la UMA cambia y el ámbito depende de reglas pendientes.
Qué significa que el registro pueda hacer prueba plena
La LFT indica que el registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre trabajador y empleador. Eso no significa que cualquier archivo de un reloj checador tenga ese valor. La organización debe definir cómo comunica el proceso, registra eventos y documenta correcciones e incidencias.
Una marcación omitida, un corte de energía, un cambio de turno o una salida por comisión pueden requerir ajustes. La buena práctica es conservar el evento original y documentar la corrección, quién la autorizó y por qué. Así, Recursos Humanos no solo obtiene un reporte final, sino una historia verificable del dato.
Qué falta definir por parte de la STPS
En 2026 es esencial distinguir entre la ley y la regulación pendiente. En la revisión de fuentes oficiales realizada el 7 de agosto de 2026 no se localizó una disposición general de la STPS publicada en el DOF que desarrollara el ámbito y las excepciones. Este estado debe revalidarse antes de publicar y cada vez que el artículo sea actualizado.
Falta precisar, en primer lugar, qué personas empleadoras quedarán obligadas y qué supuestos estarán exceptuados. La propia LFT utiliza la expresión “persona empleadora obligada”, lo que confirma que el alcance deberá ser delimitado por la STPS.

También faltan detalles técnicos. La ley no establece formato único, marca, dispositivo, biometría ni plataforma. Sí prevé proporcionar el registro cuando la autoridad lo requiera, pero no fija una transmisión periódica ni un formato técnico. Las disposiciones generales podrán desarrollar ese procedimiento posteriormente.
Otro punto pendiente es el manejo de incidencias. La ley exige inicio y finalización, pero no desarrolla cómo documentar olvidos, trabajo fuera del centro, fallas de red o correcciones. Mientras llegan las disposiciones generales, las empresas pueden preparar procedimientos trazables sin presentarlos como requisitos definitivos de la STPS.
Qué pasa con la conservación de controles de asistencia
El nuevo artículo no elimina obligaciones documentales previas. El artículo 804 de la LFT establece que, cuando se llevan controles de asistencia, el patrón debe conservarlos y exhibirlos en juicio. Para esos controles, la ley señala conservación durante el último año y un año después de terminar la relación laboral (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2026).
Esto refuerza una conclusión práctica: el sistema debe contemplar respaldos, acceso controlado y una política de conservación. También conviene distinguir entre la marcación original, los cálculos de asistencia y los reportes utilizados para nómina.
¿La ley obliga a comprar un reloj checador biométrico?
No. La LFT exige un registro electrónico para las personas empleadoras que resulten obligadas, pero no designa una marca ni ordena utilizar huella, rostro, tarjeta o código QR. Tampoco establece que un dispositivo por sí mismo garantice cumplimiento.
La tecnología debe seleccionarse según operación, riesgos y regulación aplicable. Una oficina puede usar una terminal; varias sucursales pueden requerir administración centralizada; y una operación móvil, mecanismos diferentes. Si se utilizan datos biométricos o geolocalización, deben revisarse las obligaciones de protección de datos personales (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2025).
Qué puede preparar una empresa durante 2026
Esperar hasta que se publiquen todos los detalles puede dejar poco tiempo para ordenar procesos. Prepararse no significa comprar equipos a ciegas. Significa conocer cómo se registra actualmente la jornada, dónde se generan excepciones y qué tan fácil es reconstruir un día laboral completo.
Conviene revisar si cada empleado tiene un identificador consistente, si los registros se respaldan y si los cambios dejan rastro. También deben definirse responsables, permisos y continuidad ante fallas.
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Para puntos, ZKTeco dispone de terminales con métodos de identificación. La selección debe considerar empleados, ambiente, red, privacidad y compatibilidad. La pregunta no es qué equipo “cumple la ley”, sino qué solución permite registrar, conservar y revisar información confiable dentro del proceso empresarial.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo existe la obligación de registro electrónico?
La fracción XXXIV del artículo 132 fue adicionada el 1 de mayo de 2026. El decreto entró en vigor, prevé ajustes durante 2026 y señala que las disposiciones generales de la STPS entrarán en vigor el 1 de enero de 2027.
¿Todas las empresas están obligadas?
Todavía no debe afirmarse así. La LFT indica que la STPS determinará mediante disposiciones generales el ámbito de aplicación y las excepciones. Hasta que esas reglas estén plenamente definidas, conviene hablar de personas empleadoras obligadas y evitar generalizaciones.
¿La STPS ya definió el formato técnico?
En las fuentes oficiales consultadas al 7 de agosto de 2026 no se localizó una disposición general publicada que definiera un formato único, dispositivo obligatorio o especificación técnica completa. Esta situación debe volver a verificarse antes de publicar o actualizar el artículo.
¿Puede usarse Excel como registro electrónico?
La ley no menciona Excel ni prohíbe una herramienta específica. Una hoja editable puede presentar retos de trazabilidad, cambios, respaldo e identificación. No es responsable afirmar que Excel cumple o incumple por sí mismo; la evaluación debe considerar reglas de la STPS y necesidades probatorias de la empresa.
¿Un reloj checador garantiza cumplimiento?
No. Un dispositivo captura eventos, pero el proceso también necesita políticas, respaldos, administración de incidencias, acceso controlado y capacidad de entregar información. El cumplimiento dependerá del marco aplicable y de las disposiciones que emita la autoridad.
Conclusión: prepararse sin adelantarse a la regulación
La reforma cambió el punto de partida. Existe una obligación legal de registro electrónico para las personas empleadoras que resulten obligadas, con inicio y finalización, entrega ante requerimiento y un rango de sanción. A la vez, siguen pendientes reglas esenciales sobre alcance, excepciones y operación técnica.

Por eso, 2026 debe aprovecharse para ordenar el proceso, no para prometer soluciones definitivas. La empresa puede mapear horarios, incidencias, responsables, respaldo y necesidades de software mientras monitorea las publicaciones de la STPS y el DOF.
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Referencias en formato APA 7
Fuentes primarias y técnicas verificadas el 7 de agosto de 2026. La publicación final debe revalidarse si existe una actualización posterior.
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2026). Ley Federal del Trabajo. Texto vigente, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo de 2026. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2025). Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Texto vigente, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2025. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPDPPP.pdf
Diario Oficial de la Federación. (2026, 1 de mayo). Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5786537
Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (s. f.). Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Gobierno de México. Recuperado el 7 de agosto de 2026, de https://www.stps.gob.mx/
ZKTeco Tienda Oficial. (s. f.). BioTime Cloud 2.0. Recuperado el 7 de agosto de 2026, de https://zktecotiendaoficial.com/software/biotime-cloud/
Nota editorial: Este contenido ofrece información general y no sustituye asesoría laboral, jurídica, fiscal o de cumplimiento para un caso específico. Antes de publicar o implementar un proceso, debe revisarse la normativa vigente y obtenerse asesoría profesional en México.